La materia “Derecho Agrario” es una de las más tradicionales en los planes de estudio de la carrera de abogacía. Tratándose la Rep. Argentina de un país que fundamenta su economía en las cuestiones agrarias.
La República Argentina en su constitución de 1994 incorpora cláusulas constitucionales tanto de fondo como de forma y da jerarquía constitucional a un gran número de Tratados sobre los Derechos Humanos (Art.75º, inc. 22 de la Constitución Nacional).
El Derecho Ambiental es un nuevo derecho, que tiene autonomía científica como materia necesaria, ya que todos los habitantes de la Nación tienen la obligación jurídica de defender el ambiente (Art.41º de la CN). Y la educación ambiental es la única materia de enseñanza obligatoria según el Art.41º de la CN.-
Por otra parte la educación ambiental es obligatoria para todos los planes de enseñanza y todos los habitantes están obligados a defender el ambiente, conforme lo establecen: LA LEY DE ENSEÑANZA SUPERIOR (Art.3º 24.521); LA LEY NACIONAL DE EDUCACIÓN (Art. 89º:Ley
26.206); LA LEY NACIONAL 27592 (LEY YOLANDA); LEY PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA EDUCACIÓN AMBIENTAL INTEGRAL EN LA REPÚBLICA ARGENTINA(LEY Nº 27.621).